El Consejo Técnico actúa como órgano de consulta necesaria para las diferentes facultades y escuelas, en este caso, de la Escuela Nacional Preparatoria.
¿Quiénes lo integran? (Art. 15 del Reglamento de la ENP).
¿Qué hace el Consejo Técnico de la ENP? (Art. 49 del Estatuto General de la UNAM, Y 20 del Reglamento de la ENP).
• Formular los proyectos de reglamento de la ENP y someterlos, por conducto del Director General, a la aprobación del Consejo Universitario.
• Estudiar los planes y programas de estudios para someterlos por conducto del Director General, a la consideración y aprobación, en lo general, del Consejo Universitario.
• Aprobar o impugnar las ternas que para Director General le sean enviadas por el Rector.
• Aprobar u objetar la proposición que haga el Rector para designar Director auxiliar de plantel
• Hacer observaciones a las resoluciones del Consejo Universitario o del Rector que tengan carácter técnico o legislativo y afecten a la ENP.
• Fijar las especialidades en que se agrupan los profesores.
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